Chile: Primer país en legislar Neutralidad de la Red

Después de cerca de tres años de discusión fue aprobada en Chile la denominada ley de neutralidad de la red, que comprende la inclusión de tres artículos a la Ley General de Telecomunicaciones.

Dicha reforma implica, entre otras cosas, que los prestadores de servicios de Internet no podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir contenidos, aplicaciones o servicios legales que los usuarios realicen a través de sus redes. Adicionalmente, la reforma establece la obligación de transparentar la información relativa a los planes de conexión de internet y la posibilidad de solicitar controles parentales a costa del solicitante. El establecimiento de esta garantía legal ha sido vista como un gran triunfo para el principio de neutralidad de las redes y se ha destacado a Chile como el primer país que ha establecido legalmente este principio.


Video explicando lo que en teoría significa la neutralidad de la red, de El blog de Enrique Dans.

Uno de los elementos más importantes de esta nueva normativa es que su iniciativa fue promovida por un grupo de ciudadanos organizados a través de la comunidad Neutralidad Sí, quienes lograron convencer a representantes en el Congreso de la importancia de tener una norma como esta que garantice derechos a los usuarios. Antes, este grupo de usuarios se esforzó en demostrar que importantes prestadores de servicios de internet realizaban actos contrarios al principio de neutralidad, como el bloqueo de puertos que permiten el intercambio de archivos P2P.

Felipe Morandé, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, sostuvo que, «Es un paso concreto para tener mayor transparencia en el mercado de banda ancha, estimulando la competencia por calidad de servicio, que es el pilar de nuestra política pública en telecomunicaciones,» y señaló que la ley,  «ubica a nuestro país en la vanguardia mundial en materia de neutralidad de red. Demuestra que existe voluntad política en Chile para modernizar la regulación en telecomunicaciones y empoderar a los consumidores. Ese es el camino que estamos siguiendo en beneficio de los ciudadanos.»

La iniciativa ha tenido en general una gran acogida en el público, así por ejemplo, en ChileGeek Diego Narvaez menciona cuatro razones de por que esta es una buena legislación, destacando que,

con este proyecto la legislación se pone a la vanguardia respecto a otros países como EEUU y comunidad Europea, en donde la neutralidad de la red no se encuentra legislada por el fuerte lobby que efectúan las empresas de telecomunicaciones y proveedoras de acceso.

Pero no todo el mundo está de acuerdo. Si bien legislar respecto de un tema tan importante pareciera ser una noticia positiva, existen dudas respecto del verdadero alcance de la recién aprobada ley. Así, en el blog jurídico especializado Blawyer Miguel Morachimo indica que,

El proyecto ha sido denominado de “neutralidad de red” pero en verdad señala obligaciones diversas para los ISPs y las empresas de telecomunicaciones que les provean de servicios, entre las cuales está la de no discriminación arbitraria en la capa de aplicaciones, servicios o contenidos legales con efectos anticompetitivos. Sin embargo, la no discriminación es una obligación que ya está presente en la regulación sectorial chilena

En el mismo sentido, la ONG Derechos Digitales, organización no gubernamental chilena de defensa de los derechos en el entorno en línea, también planteó sus dudas respecto de la ley, sosteniendo que,

La consagración legal de la neutralidad no es absoluta, sino que se configura como un derecho de los usuarios sujeto a límites importantes. Por una parte, al establecer la ley que los prestadores de internet “No podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir” el derecho a usar contenidos y redes (Art. 24 H a), deja abierta la posibilidad de intervención en la medida en que ésta no sera arbitraria.

Junto con lo anterior, la neutralidad es garantizada como un derecho a utilizar contenidos o servicios y realizar actividades de carácter legal a través de internet sin dicha intervención discriminatoria. En consecuencia, un uso ilegal autorizaría al proveedor de conexión a ejercer medidas contrarias al principio de neutralidad.

En definitiva, la ley se percibe como un proyecto interesante en sus intenciones pero imprevisible en sus efectos y alcances. Muchos de sus vacíos deberán ser llenados por un reglamento a publicarse dentro de noventa días, pero cuyo contenido no será parte del debate público que sí tuvo el texto de la ley. Igualmente, resulta interesante que sea la organización de los ciudadanos antes que la iniciativa política la que intente hacer frente a los desafíos que impone el mundo digital.

Imagen «En Defensa de Internet» subida por usuario de Flickr Tonymadrid Photography usada bajo licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.0 Genérica.

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